Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)
- WAW Contadores de la Península
- Feb 10, 2021
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Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)
El 14 de marzo de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones a la Ley General de Sociedades Mercantiles.
En dicha reformas se incluye a la Sociedad por Acciones Simplificada, es un nuevo régimen jurídico que a partir de una persona física o más puede constituir a través de medios electrónicos con todos los efectos legales y donde la intervención del Fedatario Público es opcional.
La inclusión de este tiene como objetivos, eliminar la informalidad, simplificar el proceso de constitución de una sociedad sin costo para micro y pequeñas empresas, fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofisticadas de operación y administración.
Principales características:
.Establecer un mecanismo de constitución administrativa con todos los efectos legales.
La intervención de un fedatario público es opcional.
Un nuevo régimen societario constituido a partir de uno o más accionistas (personas físicas).
Sin capital mínimo.
Se establecerán estatutos proforma con un mecanismo de administración y operación sencilla.
Se promoverá el uso de medios electrónicos en la toma de decisiones de los accionistas.
Los ingresos anuales no podrán superar los 5 millones de pesos (cifra actualizable cada año en el DOF).
Beneficios:
Podrás proteger tu patrimonio personal al separarlo de aquel que aportes a la empresa.
Es GRATUITO.
Disponible en línea y sin restricciones de horario.
Podrás realizar el proceso de constitución desde cualquier dispositivo electrónico.
La operación de la empresa será más sencilla.
Fiscalmente, permite pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) acumulando únicamente los Ingresos y disminuyendo las deducciones efectivamente realizadas del periodo de que se trate. Además, libera de presentar la Declaración de Información de Operaciones con Terceros y se puede utilizar la herramienta “Mi contabilidad”, la cual facilita el cálculo y presentación de tu declaración de impuestos.
Sin embargo, si se lleva una buena administración y control de las operaciones, es recomendable tributar bajo el coeficiente de utilidad, llevar la contabilidad con un software contable que permita generar estados financieros ya que estos son indispensables y forman parte de los requisitos cuando se solicitan créditos con instituciones bancarias o con proveedores, dicho software facilita la presentación de la contabilidad electrónica y este mismo genera la información para la DIOT.
El sistema de “Mis cuentas o Mi Contabilidad” no genera esta información.
Los requisitos para constituir una SAS, son:
Firma electrónica (e.firma) de todos los accionistas.
Que alguno de los accionistas cuente con la autorización de la denominación de la sociedad que se puede obtener en línea.
Ingresos anuales que no excedan los 5 millones de pesos
En ningún caso, los accionistas podrán ser simultáneamente accionistas con toma de decisión de otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo: administrador, mayoría accionaria, etc.)
Entre las obligaciones adquiridas, la SAS deberá:
Presentar un informe anual sobre la situación financiera;
Llevar el libro del registro de acciones de la Sociedad;
Presentar aviso cuando se haya pagado en su totalidad el capital social a los accionistas en un plazo establecido en menos de un año;
Presentar los contratos celebrados entre el accionista único y sociedad;
Cambiar de tipo de sociedad una vez que se rebase el monto de ingreso de 5 millones de pesos.
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